 La Comisión Europea ha tomado la decisión, esperada por
	cargadores y transitarios y considerados perjudiciales por las empresas de
	transporte marítimo mundial en contenedores, no para renovar el
	Reglamento europeo de exención por categorías por el que se exime a los consorcios
	entre transportistas de línea regular con arreglo a las normas de defensa de la competencia de la UE y
	les permite celebrar acuerdos de uso compartido de buques para
	el reparto de los espacios de carga en los buques. El reglamento expirará
	y el próximo 15 de abril. 
	 
	Al anunciar hoy la decisión, Bruselas explicó que había
	concluyó que el Reglamento de Exención por Categorías de Consorcios (CBER) no
	promueve una mayor competencia en el sector del transporte
	marítima, conclusión a la que llegó la Comisión
	Seguimiento del procedimiento de revisión y consulta
	con las partes interesadas que se puso en marcha en agosto de 2022
	( 
	de 9
	Agosto 2022).
	 
	 
	"Los servicios de transporte marítimo -explicaron los
	El Comisario Europeo de Justicia, Didier Reynders,
	Se ha encomendado la delegación temporal en materia de competencia:
	esencial para el comercio europeo y mundial. Este sector
	ha sufrido cambios estructurales significativos, como la
	Consolidación de vectores, alianzas globales e integración
	vertical, lo que da lugar a nuevas condiciones de mercado. Nuestro
	ha puesto de manifiesto que una exención por categorías específica para los
	Las compañías navieras ya no son adecuadas para estos
	nuevas condiciones de mercado. Por esta razón hemos decidido no
	prorrogar el marco jurídico vigente y dejarlo expirar el 25 de
	Abril 2024'. Marco jurídico adoptado en 2009
	por la Comisión Europea, que había prorrogado su validez
	en 2014 y 2020.
	 
	La Comisión consideró que la información recabada
	como parte de la investigación iniciada en agosto de 2022
	se ha demostrado que la eficacia es baja en el período 2020-2023, y
	La eficiencia de los servicios de transporte marítimo de línea
	regulado por el CBER. En particular, se encontró
	que, dado el número limitado de consorcios que entran en el ámbito de aplicación del
	aplicación del Reglamento, el BCER aporta ahorros limitados
	sobre los costes de cumplimiento para los transportistas y desempeña un papel
	secundario en la decisión de las compañías navieras de
	cooperar. La Comisión Europea ha precisado que, además, en el período
	examinó el Reglamento ya no permitía a los transportistas
	marinos más pequeños a cooperar entre sí y a ofrecer
	servicios que compiten con los de los operadores más grandes.
	 
	En particular, en el informe final sobre la evaluación de la
	Regulación Se señala que «la estructura competitiva de la
	El transporte marítimo de línea ha cambiado drásticamente
	desde que se adoptó por primera vez el CBER
	tiempo en 2009. Hemos pasado -señala el documento- de una
	fragmentado, con numerosos transportistas regionales y actores de larga distancia
	cadena de suministro, a un sector más consolidado
	pocos actores globales e integrados que durante el período de
	han cooperado en el seno de las alianzas. Tal
	Los cambios estructurales -destaca el documento- no sólo han
	redujo el número de vectores pequeños y medianos que
	podrían beneficiarse de CBER, pero también cuestionaron
	la conveniencia de una exención por categorías específica para
	sector. Aunque estos cambios ciertamente son anteriores a la
	período de evaluación, su impacto total en la operación
	de la cadena de suministro global solo podía medirse en
	últimos tres años, cuando las condiciones críticas del mercado
	desencadenó reacciones en cadena y puso de manifiesto las debilidades del sistema
	Comercio de la UE. Estas debilidades -especifica el informe- no
	puede y no debe asignarse a consorcios que se beneficien de
	Exención. Esto, sin embargo, tampoco debería
	disminuir la oposición a la CBER expresada por los usuarios del transporte, y
	por parte de los operadores portuarios, ni obstruir una evaluación
	objetiva, exhaustiva y basada en pruebas por el CBER».
  «El
	Pruebas recogidas por los transportistas - continúa el informe - aspectos destacados
	eficacia y eficiencia, limitadas en el mejor de los casos,
	del CBER durante el período de evaluación. De hecho, sea el número
	un pequeño número de consorcios individuales que entran en el ámbito de aplicación de la
	CBER en 2020 (13 de 43) y el perfil de estos consorcios (y
	siempre involucró a una de las cinco principales aerolíneas del mundo, que fue
	miembro de un consorcio no exento que opere en el mismo
	tráfico) tienden a mostrar que el CBER ha contribuido a los transportistas
	Ahorros limitados en costos de cumplimiento y ya no tiene
	logró su objetivo. El objetivo -recuerda el documento- era
	Facilitar la creación y operación de consorcios
	pro-competencia, en particular entre los pequeños y medianos transportistas
	tamaño».
	 
	"Además, leemos de nuevo en las conclusiones de la
	calificación: los operadores argumentan que los términos clave de CBER
	claras, inequívocas y accesibles a todos los transportistas,
	particular a los de pequeño tamaño. Sin embargo, su
	la retroalimentación tiende a mostrar interpretaciones divergentes de CBER, incluso
	entre los grandes transportistas con experiencia probada en la aplicación
	Normas antimonopolio y recursos de cumplimiento.
	Por último, los transportistas confirman que la decisión de
	El consorcio se mueve por las necesidades comerciales y eso gobierna
	La defensa de la competencia, a lo sumo, juega un papel secundario".
	 
	«Por lo que se refiere a la primera parte de la evaluación, sí
	luego se lee en el documento, las pruebas presentadas por los transportistas a
	apoyo a las supuestas mejoras de eficiencia
	no concluyentes, en particular debido a la imposibilidad de
	superar algunas limitaciones metodológicas. Estas limitaciones hacen que
	Es difícil establecer vínculos causales entre los consorcios y los beneficios para los
	consumidores. Las limitaciones incluyen la ausencia de contrafácticos,
	la interdependencia de las posibles causas de las prestaciones consideradas y la
	Volatilidad de los fletes. Evolución del mercado en el sector
	Durante el período de evaluación, tienden a confirmar tanto la
	rigidez de la demanda de servicios de transporte marítimo
	y la limitada elasticidad de la oferta. Asnsieme,
	Estos dos factores reducen la probabilidad de que
	Las eficiencias de costos logradas por los transportistas son
	transferidos a los usuarios del transporte. Además, es difícil
	consideran que los consorcios son indispensables en el sentido del artículo
	Con arreglo al artículo 101, apartado 3, del TFUE, con el fin de lograr la eficiencia
	que el sector está sujeto a medidas vinculantes a nivel
	internacional y de la UE para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y
	contaminación».
  
	«Por lo que respecta a la segunda parte de la evaluación:
	El documento continúa - Las interrupciones experimentadas por varios
	agentes de la cadena de suministro de la UE y transitarios durante la
	La pandemia de Covid-19 muestra los límites de una herramienta antimonopolio.
	Esto se debe a que CBER ha ayudado a mercantilizar los servicios.
	de transporte marítimo de línea, mientras que la capacidad de
	Los cargadores aprovechan el aumento de la escala y el alcance
	de vectores está limitada por los límites de capacidad de
	otros actores de la cadena de suministro (p. ej.
	operadores portuarios y terrestres). Más concretamente, si el
	usuarios del transporte reconocen que los consorcios han apoyado
	inversiones necesarias para gestionar los servicios intercontinentales a un nivel
	Menor costo unitario y tiempo de tránsito más rápido, ahora
	que los consorcios parecen contribuir a un mercado en el que
	El costo de entrada se ha vuelto prohibitivo y donde el
	La diferenciación del servicio ha desaparecido en detrimento de la
	cargadoras. Además, la disminución de la conectividad
	directa (es decir, el número de pares de países que pueden ser
	sin transbordo), iniciada antes de la crisis de la COVID-19,
	durante el período de evaluación, mientras que
	Se ha demostrado empíricamente que las conexiones marítimas regulares
	ayuda directa a reducir los costos comerciales y aumentar los
	volúmenes de negociación».
	 
	"En general", concluye el informe, "CBER no
	Parece más adecuado a su propósito, ya que no cumple con los requisitos
	criterios de eficacia, eficiencia y valor añadido de la UE. Éste
	La conclusión se basa en la información presentada por las partes
	en comparación con el período 2020-2023 y otras evidencias
	recogidos en el curso de la evaluación en relación con la operación
	el sector del transporte marítimo de contenedores y la contribución de la
	a la competitividad de este sector».
	 
	La Comisión Europea ha recordado que la no renovación de la
	La validez del Reglamento no significa que, tras la expiración
	de la norma, la cooperación entre los transportistas marítimos se convierte en
	ilegales con arreglo a las normas antimonopolio de la UE, con transportistas
	que operen hacia y desde la UE, después del 25 de abril, evalúe la
	compatibilidad de sus acuerdos de cooperación con
	normas europeas de defensa de la competencia sobre la base de las directrices
	Nuevo Reglamento de exención por categorías para los acuerdos
	y en el nuevo Reglamento sobre
	especialización adoptada por la Comisión el pasado mes de junio. 
															 
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