
La Comisión Europea ha publicado directrices informales sobre la
compatibilidad con las normas de competencia de la UE
Acuerdo de Sostenibilidad para la compra conjunta y
definición conjunta de las especificaciones técnicas relativas a la
para el manejo de contenedores utilizados en los puertos.
El pasado mes de diciembre, el operador de terminales APM Terminals de la
El grupo danés Maersk había pedido a la Comisión que
proporcionar orientación informal sobre un acuerdo con otros
terminales portuarias para compra conjunta y definición
Especificaciones técnicas mínimas para las carretillas pórtico y las lanzaderas
portadores alimentados por baterías.
La Comisión Europea recordó que los operadores de terminales
Reacio a comprar vehículos eléctricos de batería
costes significativamente más altos, sino también debido a la
debido a la falta de interoperabilidad, en particular, entre
equipos de carga de diferentes proveedores, y ha
precisó que el acuerdo notificado por APM Terminals tiene por objeto
reducir los costos para los operadores de terminales portuarias al permitir
para poner en común parte de su demanda futura de estos
equipos, dando a los proveedores una mayor previsibilidad
demanda futura y la mejora de la interoperabilidad, en particular
equipos de carga producidos por diferentes
Proveedores.
La Comisión Europea ha evaluado que el acuerdo propuesto no
suscita preocupación en virtud del artículo 101 del Tratado sobre la
funcionamiento de la Unión Europea, siempre que incluya algunos
garantías para asegurar, entre otras cosas, la posibilidad de
operadores de terminales portuarias participantes
Compre de forma independiente carretillas pórtico y lanzaderas, que el volumen
de la aplicación agrupada a través del acuerdo es limitada y
por lo tanto, no da lugar a efectos anticompetitivos contra
proveedores de dichos productos y que el intercambio de información
Diferencias competitivas entre operadores de terminales
participantes en el acuerdo se limita a la
necesarias para el funcionamiento del acuerdo.